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REGLAMENTO DEL USO DE LA PLATAFORMA EDUCATIVA
Objetivo del reglamento


El presente reglamento regula la selección, el ingreso y la permanencia de los alumnos y personal docente de la Universidad Autónoma de Nayarit, dentro de la Plataforma Tecnológica Institucional para el uso correcto de la misma.

CAPITULO I
Del Perfil de Usuario dentro de la Plataforma Tecnológica


Artículo 1.
Siguiendo lo establecido dentro del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad Autónoma de Nayarit en el Capítulo VII (de los derechos y obligaciones) de su Artículo 53; alumnos así como el personal docente que hace uso de la Plataforma Tecnológica Institucional, es responsable de colocar una foto dentro de su perfil de usuario, tomando en cuenta:
I. Mostrar el rostro del estudiante o docente
II. No debe ser una imagen
III. No debe ser un logo
IV. No deben ser fotos en conjunto o en grupo
V. No deben ser fotos irrespetuosas (desnudos, con señas irrespetuosas, pintadas)


Articulo 2.
El usuario puede modificar su fotografía cada que así lo desee siguiendo las reglas establecidas.


Articulo 3.
El usuario es el único responsable de escribir su descripción dentro del perfil de la Plataforma Tecnológica, tomando en cuenta:
I. La Descripción será sobre la personalidad del usuario, así como de los grados académicos con los que cuenta
II. No existirá una descripción física explicita del usuario


Articulo 4.
Si el docente encargado del curso encuentra una fotografía o descripción que no cumpla con lo establecido previamente, el docente responsable del curso deberá informar a la Dirección de Educación Abierta y a Distancia para dar de baja definitiva a dicho alumno de la Plataforma Tecnológica.

Articulo 5.
En caso de ser detectada por la Dirección de Educación Abierta y a Distancia alguna fotografía o descripción que no cumpla lo establecido previamente, esta dirección dará de baja al alumno o docente de la Plataforma Tecnológica.
I. Si la persona detectada es alumno de la UAN, se dará aviso al docente encargado del curso para que aplique la sanción hacia el alumno que el considere necesaria siguiendo lo establecido en el Capítulo VIII (de las faltas y sanciones) del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad Autónoma de Nayarit.
II. Si la persona detectada es personal docente de la UAN, será reportado a las autoridades correspondientes.


CAPITULO II
De los Textos y Documentos dentro de la Plataforma Tecnológica

Articulo 6.
Serán aceptados comentarios y quejas sobre el mal uso de la plataforma por parte de la Dirección de Educación Abierta y a Distancia así como del personal docente que la maneja, siempre y cuando, no se utilicen palabras altisonantes y ofensivas hacia la persona.


Articulo 7.
El Alumno sólo subirá documentos dentro de la Plataforma Tecnológica, en los cursos a los cuales este dado de alta, con el fin de cumplir las actividades indicadas por el docente encargado del curso.


Articulo 8.
El Docente, sólo podrá subir información dentro de la Plataforma Tecnológica, en los cursos de los cuales sea responsable o este dado de alta.


Articulo 9.
Siguiendo lo establecido en el Capítulo VIII (de las faltas y sanciones) Articulo 54, no se aceptarán documentos falsificados.


Articulo 10.
Todo Artículo, Texto o Documento que exista dentro de la Plataforma Tecnológica, como parte de los cursos tendrá que ser referenciado siguiendo lo establecido a los Derechos de Autor


Articulo 11.
En caso de ser un Documento de investigación escrito por el docente o por el alumno, registrarlo ante las autoridades correspondientes, en caso de así desearlo, con el fin de hacer valido los derechos de autor y evitar fraudes.

CAPITULO III
Del Registro a la Plataforma Tecnológica


Articulo 12.
Sólo personal autorizado de la Dirección de Educación Abierta y a Distancia es responsable de dar de alta usuarios dentro de la Plataforma Tecnológica tanto para docentes, alumnos y administradores.


Articulo 13.
El docente encargado del curso, será el responsable de entregar al encargado del Área Tecnológica dentro de la Dirección de Educación Abierta y a Distancia, la solicitud para la creación de curso dentro de la Plataforma Tecnológica, así como la lista de alumnos que participarán en este.

Articulo 14.
En caso de existir un alumno que se de de alta al sistema de la UAN en fechas posteriores al inicio del curso, el docente encargado será el único responsable de mandar correo vía Internet al personal encargado dentro de la Dirección de Educación Abierta y a Distancia con la información necesaria para darlo de alta dentro de la Plataforma Tecnológica.


Articulo 15.
Para estar dado de alta dentro del sistema debes ser Alumno inscrito dentro de la UAN, siguiendo los lineamientos establecidos dentro del Capítulo II (De la selección y el Ingreso), del Reglamento de Estudios de Tipo Medio Superior y Superior de la Universidad Autónoma de Nayarit.


Articulo 16.
Para contar con un curso para apoyo a las clases presénciales o impartir una materia a distancia, el docente debe pertenecer al cuerpo académico de la UAN.


Articulo 17.
Si algún alumno o docente fue dado de baja de la plataforma tecnológica por no hacer uso de la misma, deberá realizar los trámites necesarios mencionados anteriormente.

CAPITULO IV

Del uso de la Plataforma Tecnológica


Articulo 18.
El uso de la Plataforma Tecnológica Institucional, será sólo para fines Educativos dentro de la UAN


Articulo 19.
Los alumnos o docentes que no participen o utilicen la Plataforma Tecnológica, automáticamente será dado de baja de esta, tomando en cuenta:
I. En caso de la modalidad de cursos en apoyo a clases presénciales, el plazo será de 3 meses a partir de su registro dentro de la Plataforma Tecnológica.
II. Para la modalidad de cursos a distancia, el plazo será de 12 meses a partir de su registro dentro de la Plataforma Tecnológica.

Articulo 20.
La falta de cumplimiento de alguno de los artículos establecidos dentro de este Reglamento, será puesta a consideración para darse de baja dentro del sistema de Educación a Distancia.


Articulo 21.
La Dirección de Educación Abierta y a Distancia, no se hace responsable de la información publicada por el usuario dentro de su perfil, así como de las sanciones que en contra de alumnos o personal docente surjan, por los órganos universitarios correspondientes, respecto al mal uso de la Plataforma Tecnológica.